Reconoce Justicia Federal a Ramiro Vázquez como líder del Sindicato de Mondelez

A unos días del arranque del nuevo modelo, ordena a Junta Local reponer proceso; este gremio se sacude yugo de la Froc-Conlabor

Álvaro Ramírez Velasco/ExilioMx

El Juzgado Cuarto de Juicios Federales en la materia laboral reconoció la personalidad jurídica del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa de Productos Mondelez, S.R.L. de C.V., y a Ramiro Vázquez López como su secretario general, en una de las primeras resoluciones del Nuevo Modelo de Justicia Laboral, que fue puesto en marcha el pasado 3 de noviembre.
A dos semanas de la entrada en funciones de los juzgados federales laborales, las partes fueron notificadas de esta resolución, el pasado 18 de noviembre, la que tiene alcances inéditos para la justicia a favor de los trabajadores en el estado de Puebla.


La decisión jurídica sienta un hito en el sindicalismo poblano y es análogo a lo que ocurrió en agosto pasado en la planta automotriz General Motors de Silao, Guanajuato, cuando los trabajadores lograron sacudirse el yugo de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), para convertirse en una organización independiente.


En el caso de Mondelez, empresa popularmente conocida como Chiclet’s Adams, el gremio se sacude a la Froc-Conlabor, que reclamaba “sin legitimidad”, según han denunciado los trabajadores, el contrato colectivo de trabajo.
La resolución del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla -a la que este reportero tuvo acceso- ordena a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, que reponga la resolución con que, en principio, había negado la toma de nota a la asociación de trabajadores y a Ramiro Vázquez López, como secretario general.
Ahora la justicia federal considera que es legítima y sí está acreditada su personalidad jurídica.
Hay que recordar que el pasado domingo 4 de julio, los trabajadores de Mondelez realizaron una asamblea para ratificar a Ramiro Vázquez López, pero el titular de la Junta Local, Mario Arturo Daza Buendía, “se coludió con su compadre René Sánchez Juárez, para retrasar el proceso que, inevitablemente, tiene que reconocer al sindicato y a su dirigencia”, denunció entonces el secretario general.


El Juzgado Cuarto demanda a la Junta Local que emita una nueva resolución sobre la toma de nota que corresponde al Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa de Productos Mondelez, S.R.L. de C.V., y a Ramiro Vázquez López como su secretario general.

Resolución fundada
El documento de 23 fojas ampara al sindicato y a Vázquez López y señala que, “en consecuencia, al resultar fundado el concepto de violación analizado, se concede el amparo y protección federal (contra la Junta Local)”

La resolución detalla:
PRIMERO: La Justicia de la Unión ampara y protege a Ramiro Vázquez López, como Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la empresa Productos Mondelez, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por los motivos expresados en el apartado sexto y para los efectos precisados en el diverso considerando séptimo de esta sentencia”.


Los considerados sexto y séptimo a los que se refiere la resolución establecen que “a fin de restituir a la parte quejosa en el pleno goce de sus derechos constitucionales violados, se concede el amparo y la protección de la justicia federal, respecto del acto reclamado, a efecto de que la Junta Especial número Seis de la Local de Arbitraje, realice lo siguiente: 1. Deje insubsistente la resolución del nueve de diciembre de dos mil veinte, emitida en el expediente 9/975”, en la que se negó la toma de nota.

A lo largo de varios meses, el Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa de Productos Mondelez, S.R.L. de C.V., y su secretario general, Ramiro Vázquez López, han denunciado la colusión de Daza con René Sánchez Juárez, dirigente de la cada vez más menguada Froc-Conlabor, quien además “ha mentido reiterada y arteramente a los medios de comunicación, diciendo que él tiene razón cuando la justicia federal ha dicho rotundamente que no”.
La resolución de Juzgado fundamenta, en su exposición de motivos, su resolución en artículos constitucionales y tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).